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Contundente condena judicial ratifica que Dínalo-Upidir no tiene competencia legal para licenciar obras protegidas por SAYCO

Siguen las condenas a municipios por presentar paz y salvos que no poseen la legalidad en la defensa de los derechos de autor. La Palestra informa

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06/18/2025

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 El detonante del fallo fue la presentación de un paz y salvo emitido por el denominado gestor individual DÍNALO-UPIDIR, el cual carece de potestad legal. Fotografía Archivo particular.

Como se manifestó a través de SAYCO, en un nuevo y categórico pronunciamiento judicial, el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Cúcuta emitió un fallo con profundas implicaciones para la gestión de los derechos de autor en Colombia.

En decisión proferida el 13 de junio de 2025, se condenó al municipio de San José de Cúcuta por la infracción a los derechos de autor de obras musicales representadas por SAYCO (Sociedad de Autores y Compositores de Colombia), en un evento celebrado en diciembre de 2017 denominado “Baile de aquellos Diciembres”.

El detonante del fallo fue la presentación de un paz y salvo emitido por el denominado gestor individual DÍNALO-UPIDIR, el cual carece de potestad legal para autorizar el uso de las obras gestionadas por SAYCO. El juzgado determinó que este documento no eximía al municipio de su responsabilidad frente a la comunicación pública de obras sin la debida autorización, evidenciando una clara violación de los derechos de los autores.

De acuerdo con la Ley 1493 de 2011, las alcaldías tienen el deber de validar los requisitos establecidos para la autorización de espectáculos públicos, entre ellos el cumplimiento de las normas relacionadas con los derechos de autor. En este sentido, se recuerda que DÍNALO-UPIDIR no ostenta autoridad alguna para otorgar licencias sobre el repertorio protegido por SAYCO.

Esta reciente condena confirma lo que SAYCO ha venido advirtiendo durante años: “aceptar paz y salvos emitidos por gestores no autorizados representa un riesgo legal latente para las entidades territoriales y organizadores de eventos”.

Así lo afirmó el Gerente General de SAYCO, César Ahumada, al señalar que “de nada sirve recibir paz y salvos de DÍNALO-UPIDIR, cuando éste no representa las obras musicales comunicadas públicamente en espectáculos. Por esta clara violación a los derechos de autor están siendo condenados los alcaldes de diferentes municipios del país”.

Este fallo constituye una nueva advertencia para las administraciones municipales y organizadores de eventos culturales, toda vez que la única vía legal para el uso del repertorio protegido por SAYCO es a través de licencias expedidas por la propia sociedad de gestión colectiva o por sus agentes autorizados.

La jurisprudencia reciente refuerza que no existe excusa legal válida para eludir esta obligación, y que confiar en gestiones individuales no reconocidas puede derivar en severas sanciones judiciales.

SAYCO, que representa los derechos de miles de compositores y autores colombianos, reitera su compromiso de proteger la creación musical nacional y hacer valer los derechos patrimoniales de quienes hacen posible que la música acompañe los momentos más significativos de la vida social y cultural.

“Porque la canción que escuchas, cantas o bailas, tiene un compositor.”

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