
Un espacio de información y libertad

Pena de Muerte: ¿Un Derecho o una Condena?
Compartir
La semana pasada, mientras navegaba por Instagram, me llamó la atención un titular de El Tiempo que decía: «Cárcel a profesor que habría abusado de 19 niñas entre 6 y 10 años en un colegio». Al leer la noticia, descubrí que el presunto abusador ya tenía antecedentes de investigaciones por casos similares, lo cual me pareció inaudito, ya que le permitieron continuar con sus labores como docente a pesar de los reportes de abusos a menores.
Esta situación me llevó a buscar más información sobre los casos de abuso sexual a menores en Colombia, encontrándome con un panorama desgarrador y alarmante.
En la página de la Procuraduría General de la Nación se manifiesta una profunda preocupación por las alarmantes cifras de violencia sexual contra niños, niñas y adolescentes en Colombia durante el año 2023. Según datos de la Estadística Delictiva de la Policía Nacional para el mismo año, se registraron 8,295 delitos sexuales contra menores, divididos en 4,605 casos contra niños y niñas y 3,690 contra adolescentes.
Además, el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses reportó 12,899 exámenes médicos legales por presunto delito sexual en la primera infancia, infancia y adolescencia.
El Instituto Colombiano de Bienestar Familiar registró 11,135 casos de niños, niñas y adolescentes ingresados al sistema de protección por violencia sexual durante el mismo período, lo que resalta la urgente necesidad de conciencia y acción coordinada para abordar esta grave problemática.
Esta información proporcionada por la Procuraduría y la gran cantidad de titulares en los medios de comunicación sobre el tema, me hizo reflexionar sobre la controversial Pena de Muerte.
Es bien sabido que esta medida es objeto de un intenso debate ético y moral, así como de su efectividad como disuasivo y su compatibilidad con los derechos humanos. Mientras que muchos países han abolido la pena de muerte, otros continúan aplicándola en ciertas circunstancias.
Sin embargo, en el caso de Colombia, este tema es especialmente delicado debido a sus raíces religiosas, los numerosos casos de complicidad en delitos graves y, por supuesto, nuestra Constitución, que establece que «el derecho a la vida es inviolable».
Además, Colombia está comprometida con tratados internacionales que prohíben la pena de muerte, como el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y la Convención Americana sobre Derechos Humanos, lo que obliga al país a respetar los derechos humanos y abstenerse de aplicar esta medida extrema.
Todo esto plantea la cuestión de si la aplicación de la pena de muerte en casos de violencia sexual, homicidios y corrupción, podría ser una medida preventiva para evitar que más personas inocentes se conviertan en víctimas de una sociedad cruel, violenta y sin escrúpulos.
Se argumenta que, al castigar de manera severa y ejemplar a los perpetradores, se disuadiría a otros de cometer tales actos atroces. Sin embargo, es importante reconocer que la existencia de la pena de muerte no garantiza la prevención de delitos, ya que aquellos dispuestos a cometerlos pueden hacerlo sin considerar las consecuencias. Aunque una vez condenados, la aplicación de la pena de muerte pondría fin definitivamente a su historial delictivo.
No es que niegue la importancia del respeto por los derechos humanos o las creencias de los demás, ni tampoco asumo que alguien o el Estado esté por encima del derecho a la vida de una persona. Sin embargo, considerando la importancia de la justicia, la prevención y el cuidado de los demás, creo que si la ley estableciera claramente que aquel que cometa uno de esos delitos merece la pena de muerte, entonces no sería un juez, un tribunal o una persona en particular quien decidiera sobre la vida del otro. Más bien, sería el mismo responsable del delito quien debe asumir las consecuencias de sus actos.
Imagínese por un momento que llega a su hogar y se encuentra con el acto despiadado de un violador contra un ser querido. En ese instante, desearía con todo su ser que nadie más experimentara ese horror.
Por supuesto, comprende que no puede tomar la ley en sus propias manos, pero sí puede trabajar para asegurarse de que se aplique con firmeza, de manera que otras familias, mujeres, niños e inocentes no caigan en las garras de un individuo tan desalmado como ese delincuente.
Una frase contundente de Agustín Laje es: «Aquí se deben proteger, en primer lugar, los derechos humanos de las víctimas inocentes». Defendamos y respetemos los derechos humanos, es una responsabilidad compartida, pero no podemos primar a quienes vulneran esos derechos.
En nuestro país, aún tenemos mucho por hacer para alcanzar una sociedad justa, libre de violencia y empática, donde el bienestar sea para todos y la ley se aplique sin vacíos que permitan a los delincuentes eludir su responsabilidad. Hay temas que no se pueden arreglar en una tarde de café, pero debemos asumirnos como actores sociales responsables del cambio.
Es momento de dejar atrás los dobles moralismos que enmascaran nuestras opiniones, de ser firmes ante conductas inaceptables y de condenar de manera justa los actos de violencia que presenciamos a diario.