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Si la sal se corrompe

Mar 1, 2024

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Cuando la violación de la ley corre por cuenta de la propia Corte Suprema de Justicia, la sociedad está “en la inmunda”, como se dice coloquialmente y al respecto hay un hecho concreto: La Corte Suprema considera que tener familiares y parientes dentro de la Fiscalía no compromete la imparcialidad de los Magistrados para elegir fiscal general. 

Ya en 2016, siete Magistrados manifestaron su impedimento al respecto, a raíz de la elección de Néstor Humberto Martínez Neira. 

En esa ocasión, la sala plena determinó que la vinculación de parientes de los Magistrados en la Fiscalía “no generaba impedimento”

Al respecto, y como la elección de Fiscal es un hecho administrativo, los Magistrados de la Corte Suprema pasan por encima de la ley 1437 de 2011, o Código de Procedimiento Administrativo, art. 11, que establece que el “tener cónyuge, compañero o compañera permanente, o alguno de sus parientes o socios, de hecho, o de derecho, es conflicto de interés y causal de impedimento” 

Ahora, que si los Magistrados se consideran jueces inherentes, aún en actos administrativos, y esgrimen esa condición para reclamar respeto y no presión a sus decisiones, también el Código de Procedimiento Penal establece el mismo impedimento cuando se actúa como juez.

Ya se anotó que la Corte Suprema también viola la ley estatutaria 270, art. 54, que dispone que “todas las decisiones que las corporaciones judiciales en pleno deban tomar, requerirán el voto de la mayoría de los miembros de la Corporación”. 

Pues, la Corte, en su reglamento interno establece las 2/3 partes para la elección de fiscal general, violando la ley, e ignorando de paso, que una norma de inferior jerarquía, no puede modificar otra superior, principio del derecho universal.

Tanto el Código de Procedimiento Administrativo como el Código penal, contemplan la recusación contra el funcionario público o juez que no manifieste anticipadamente su impedimento. 

En las pasadas tres elecciones fallidas de fiscal general, solo tres magistrados, Gerson Chaverra, Luis Herrera y Diego Corredor, manifestaron su impedimento en la sala plena del 25 de enero, que no fue aceptada. 

Ahora se sabe que siete más manifiestan lo mismo, y son Octavio Tejeiro, Francisco Ternera, Hilda González, Martha Guzmán, Aroldo Quiroz, Fernando Jiménez y Luis Rico. 

Quiere decir que antes participaron conscientes de su impedimento. 

En síntesis, pueden ser recusados.

La conclusión es que, en total, 10 Magistrados reconocen, hasta ahora, su impedimento. 

Si la sala plena no lo acepta, como tiene sentado, toda la Corte Suprema de Justicia podría ser recusada, y entonces, adiós a la elección de Fiscal, pero tendría como efecto, si en Colombia existe un real Estado de derecho, acabar con la tolerancia de prácticas corruptas, porque no, es más.

Adenda: Si la consolidación del poder de los grupos armados en algunos territorios representa un riesgo para la gobernabilidad en Colombia, como consigna en su informe la Alta Comisionada de Derechos Humanos de la ONU, ¿qué diría una comisión internacional contra la impunidad, como propone el presidente Petro, ante esta paradoja, que mancha la administración de justicia desde lo más alto? Con razón (su razón), el presidente de la Corte Suprema de Justicia, Gerson Chaverra, amenazó con retirar la Corte del estudio de reforma a la justicia, si el Gobierno del Cambio insistía en su idea.

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